Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE : PRIMERO: ADMITE Parcialmente la Acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra de los Imputados JOAN MANUEL VARGAS NAVARRO, ERNESTO DANIEL VARGAS NAVARRO, cambiando la calificación de robo agravado y porte ilícito de arma de fuego, tipificados en los artículo 458 y 277 del Código Penal, a ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el Articulo 455 del Código Penal, en perjuicio de ELKINS VALENTIN RESTREPO, por considerar este Tribunal que llena los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Igualmente se admiten las pruebas ofrecidas en el escrito acusatorio, las cuales son las siguientes: 1) TESTIMONIALES DE EXPERTOS: Se admite las testimoniales de los Funcionarios FLORA MORALES y ELVIRA MORA, Ex.....