Por las razones antes expuestas, Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano ALEJANDRO JESÚS SEMECO CUENCA, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE CÓMPLICE NO NECESARIO , previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el articulo 84 ordinal 3 del Código Penal Venezolano. Se declara extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con lo establecido en los artículos 46, 48 ordinal 7º, 300 ordinal 3º y 361 todos del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.