Por todo lo antes expuesto este Tribunal tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: SE RATIFICA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIA DE LIBERTAD contra de los ciudadanos, para el ciudadano JESSYE ALEXANDER PORRAS FINOL, por considerarlo AUTOR en la comisión de los Delitos de: 1.- HOMICIDIO CALIFICADO (por ser cometido con Motivo Fútil), previsto y sancionado en el artículo 406, Ordinal 1° del Código Penal, cometido en perjuicio de quien respondía al nombre de ANTONIO JOSE QUIVA MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº 19.748.478, 2.- HOMICIDIO CALIFICADO FRUSTRADO (por ser cometido con Motivo fútil), previsto y sancionado en el artículo 406, Ordinal 1° en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano "JOSE R".....