Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación así como las pruebas promovidas y el escrito de descargo presentado por la defensa privada SEGUNDO: una vez admitida la acusación se impone al ciudadano JHONATAN JESUS TALAVERA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.570.795, del procedimiento por admisión de los hechos a quien se le explico de manera razonada sobre el procedimiento por admisión de lo hechos quien manifestó que deseaba ADMITIR LOS HECHOS TERCERO: Escuchada La Petición del ciudadano JHONATAN JESUS TALAVERA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.570.795, de acogerse al proceso por admisión de los hechos del delito de por el delito de COAUTOR DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 concatenado con el .....