Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la revisión de medida interpuesta por la Defensa Privada NELSON MANUEL GARCÍA ARÉVALO, en su condición de Defensor Privado del ciudadano PABLO JOSÉ GONZÁLEZ ZAMBRANO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.829.869, y se otorga un cambio de sitio de reclusión e impone al ciudadano de una MEDIDA DE DETENCIÓN DOMICILIARIA conforme al artículo 242 cardinal 1° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, autorizando a dicho ciudadano a que se traslade con apoyo de sus familiares al Hospital Universitario de Coro, para continuar con las dilataciones ureterales. Así como cualquier centro de salud cuando lo amerite con la debida consignación ante esta Inst.....