Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley condena al ciudadano: Jorge Andrés Guzmán González, arriba bien identificado, a cumplir la Pena de Un ( 01) año, Un (01) Mes y Quince (15) días de prisión por la Comisión del delito de Peculado de Uso, previsto y sancionado en el Artículo 54 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio del Estado Venezolano. Quedan notificadas las partes en la Audiencia por estar presentes. Remítase el presente asunto penal al respectivo Juez de Ejecución en su debida oportunidad. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en Santa de Coro a los Veinticinco (25) días del mes de Enero de Dos Mil Siete. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. HELY SAUL OBERTO REYES
LA SECRETARIA.
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