este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, contra de los ciudadanos JUNIOR RAFAEL LOZADA QUIÑONEZ Y RENDY JOSE LOZADA QUIÑONEZ, en consecuencia se decreta la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD para los ciudadanos JUNIOR RAFAEL LOZADA QUIÑONEZ Y RENDY JOSE LOZADA QUIÑONEZ por encontrarse llenos los extremos de los artículos 236, 237 y 238 del Decreto Con Rango Valor y Fuerza de Ley de Código Orgánico Procesal Penal. Se acoge la precalificación Fiscal del delito de delito de TRAFICO ILICITO DE MATERIAL ESTRATEGICO previsto y sancionado por el articulo 34 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada.