Por los fundamentos expuestos este Juzgado TERCERO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Sobreseimiento interpuesta en el presente asunto, por el Fiscal PRIMERA para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público DRA. LUCY FERNANDEZ VILLALOBOS, en conformidad con lo dispuesto en el numeral 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 454 numeral 8° del Código Penal Venezolano, perpetrado en perjuicio del ciudadano JOSÉ GUADALUPE JORDAN POLANCO.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes de la presente decisión.
El Juez
El Secretario
Abg. Néstor Luis Castellano Molero
Abg. Daniel Torres