Este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL. SEGUNDO: ORDENAR JUDICIALMENTE LA ENTRADA, FIJACIÓN FOTOGRÁFICA, FILMACIÓN y EL REGISTRO, conforme a los artículos 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, en una vivienda construida con bloques, pintada de color verde con rejas blancas, donde reside un ciudadano apodado "EL YIKE", ubicada en: Santa Ana de Coro, municipio Miranda del estado Falcón, en la calle sucre, entre Monzón y calle nueva, cuyos linderos son los siguientes: al NORTE: casa sin frisar, al SUR: casa sin frisar, al ESTE: solares vecinos y al OESTE: calle sucre, con el fin de localizar en el interior del inmueble descrito, sustancias estupefacientes y psicotrópicas, materiales y /o equipos utilizados para el procesamiento de dichas sustancias, armas de fuego u objetos de canje para la comercialización de lo estupefacientes y psicotrópicos, así como d.....