Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, y decreta al ciudadano CHRISTIÁN JOSÉ TOYO MEDINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-24.787.970, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, ordinales 3 y 5 del Código Penal, la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, consistente en presentación cada quince ( 15 ) días por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y prohibición de acercarse a la Liceo Bolivariano Las Velitas II de esta ciudad, de conformidad con el articulo 242.3 y 6° del Código Orgánico Procesal Penal. Se decreta el procedimeinto ordinario a tenor del artículo 373 del COPP y aprehensión en flagrancia artículo 234 del COPP. SEGUNDO: L.....