Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se Ratifica la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD dada la Orden de Aprehensión dictada por este Tribunal en fecha ocho (8) de Octubre de 2013, contra el ciudadano DENNYS SEGUNDO RODRÍGUEZ QUEVEDO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 18.447.328, en consecuencia se libra la boleta de PRIVACIÒN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, encontrarse satisfechos los extremos de los artículos 236, 237 y 238, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, ello por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE SUMINISTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 149 numeral segundo en concordancia con e.....