este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Con Lugar la Solicitud Fiscal y en consecuencia se DECRETA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD , de conformidad con los articulos 236,237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano imputado PEDRO LUIS GONZALEZ JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.834.416, de 21 años de edad, nacido en fecha 06/02/1995, de profesión u oficio: ayudante de albañilería, Residenciado en el sector curazaito, calle porvenir, casa de color amarilla, a una cuadra de la bodega de Denny, Coro, municipio Miranda, estado Falcón. Numero de teléfono: 0416-196-5480, por la presunta comisión de los Delitos de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sanci.....