Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta UNICO: Se declara parcialmente con lugar la solicitud fiscal, en consecuencia, se decreta Medida Judicial Privativa de Libertad conforme lo establece el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del JUAN CARLOS CHIRINOS (ampliamente identificado) por la presunta comisión del delito de Robo Agravado previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en perjuicio de Giuliano Colo y Ana Meléndez. Se rechaza prima facie el delito de Lesiones Personales, en consecuencia se acoge la precalificación fiscal sólo en cuanto a Robo Agravado. Se ordena la encarcelación inmediata del precitado ciudadano en el Internado Judicial del estado Falcón, donde quedará a la orden de este despacho judicial, todo de conformidad al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena proseguir conforme al procedimiento ordinario, conforme a lo establecido en previstos en .....