este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, declara CON LUGAR, la solicitud Fiscal y en consecuencia OTORGA al Ministerio Público la prórroga contenida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de 15 días contados a partir del 12 de Septiembre de 2011, los cuales vencerán el día 26 de Septiembre de 2011, es decir; que a partir de la fecha antes indicada le restan al Ministerio Público para presentar el respectivo acto conclusivo quince (15) días continuos ello a los efectos de que la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, presente el acto conclusivo a que haya lugar a favor o en contra del ciudadano DERWINSON EMILIO UGARTE DIAZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V.-18.605.617. Se mantiene la Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad decretada en contra del referido ciudadano, por no haber variado las condiciones que dieron lugar a la misma.