este Tribunal Quinto en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, declara CON LUGAR, la solicitud fiscal y en consecuencia OTORGA al Ministerio Público la prórroga contenida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de 15 días contados a partir del 1-06-10, los cuales vencerán el día 16/06/2010, es decir; que a partir de la fecha antes indicada le restan al Ministerio Público para presentar el respectivo acto conclusivo quince (15) días continuos ello a los efectos de que la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, presente el acto conclusivo a que haya lugar a favor o en contra de los ciudadanos MARIANO JOSE SUAREZ MEDINA y ANGEL RAFAEL COLINA CHIRINOS. Se mantiene la Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra de los imputados antes nombrados, por no haber variado las condiciones que dieron lugar a la misma.