Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley condena al ciudadano: LUÍS ALBERTO LÓPEZ RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° V-19.616.968, nacido en fecha 27/02/87, soltero, de oficio indefinido, residenciado en barrio La Florida, calle Monzón, casa s/n., Coro Estado Falcón, a cumplir la Pena de Dos (2) años de prisión por la Comisión del delito de Robo en la Modalidad de Arrebatón, previsto y sancionado en el artículo 456 en su primer aparte del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Juan Bautista Morales. Por cuanto la pena impuesta a los acusados no excede de Cinco años, se mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Judicial, a la cual se encuentra sometido el ciudadano condenado.