Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Penal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara
Primero: Se CONDENA al ciudadano Rodolfo Antonio Barraez Sánchez, portador de la cédula de identidad personal número: V-9.897.826, de 40 años de edad, venezolano, soltero, nacido en Caracas, Distrito Capital en fecha 05 de mayo de 1966, Licenciado en Comunicación Social, domiciliado en el Avenida 6-B, casa 853, Maraven Punto Fijo estado Facón, por encontrarlo Culpable de la comisión del delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA en grado de continuidad previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Jesús Montilla Aponte, a cumplir la pena de cuatro años de prisión y multa de 200 unidades tributarias, más las accesorias de ley previstas en el Artículo 16 del Código Penal, a saber: 1º La inhabilitación política mientras dure la pena; y 2º La sujeció.....