Por los fundamentos y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVISA la Medida Cautelar de presentación periódica impuesta conforme a las directrices que ordena el numeral 3° del Artículo 256 del COPP, y en consecuencia extiende el lapso primario de presentación periódica de cada ocho (8) días a cada Treinta (30) días a favor del Einar José Zarraga, es decir, se le somete a un régimen de presentación mensual por ante la Oficina de Alguacilazgo de este mismo Circuito Judicial Penal, debiendo presentarse los primeros días lunes de cada mes contados a partir del lunes 07 de Mayo del presente año.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes de la presente decisión. Asimismo Ofíciese a la Oficina de Alguacilazgo de este mismo Circ.....