Por todo lo antes motivado y debidamente razonado este Tribunal Segundo de Juicio, actuando en éste acto como Tribunal Unipersonal del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA:
Primero: Culpable al Acusado: LUIS ANTONIO CUENCA ACOSTA, venezolano, natural de Coro, Estado Falcón, de 37 años de edad, de Profesión y Oficio Técnico Superior en Información Aeronáutica, Cédula de Identidad N° 9.928.917, domiciliado en la Urbanización La Pomona, Vereda 08, N° 22, Maracaibo, Estado Zulia, de la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple con el supuesto de Error en Persona, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 68 del Código penal venezolano, por lo que se le Condena a titulo de autor, a cumplir la pena de 10 años de presidio en el establecimiento penal que a bien tenga designar el Juez de ejecución.
Segundo: Se condena al acusado a cumplir las penas acc.....