este Tribunal 2º de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, por haber operado la "prescripción judicial o extraordinaria" prevista en el artículo 110, parte in fine, del Código Penal vigente, en el proceso judicial que se sigue al ciudadano EMIRO EDUARDO GARCÍA ROSALES, titular de la cédula de identidad V-18.770.178, nacido el 13/9/1982, en Coro, estado Falcón, soltero, obrero y residenciado en el sector 5 de Julio, callejón "los Perozos" con calle principal, Coro, estado Falcón, por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas.