Por las razones antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Tercero de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA ENTREGA DEL VEHICULO, cuyas características son: Marca: Volkswagen, Modelo: FoxSporline, Año: 2005, Color: Rojo, Clase: Automóvil, Placas: IAL-41V, Tipo: Sedan, Serial del Motor: BAH246040, Serial de Carrocería: 9B05Z854090725 a su propietario el ciudadano: LUIS ANTONIO CUBA, venezolano, mayor de edad, de Profesión u Oficio Comerciante, civilmente hábil, Titular de la cédula de identidad N° V-3.095.224, residenciado en el Callejón Buchivacoa, Parcelamiento Chandelier, Quinta Iris N° 07 al lado del I.V.S.S, Coro Estado Falcón. Primero: Se entrega en calidad de Depósito o Guarda y Custodia. Segundo: No puede el depositario efectuar ningún acto de comercio con el referido bien mueble y deberá presentarlo por ante este Tribunal cada vez que sea requerido. Tercero:.....