este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito judicial Penal del Estado Falcón, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: SIN LUGAR, la medida provisional en contra del ciudadano acusado RODOLFO BARRAEZ SANCHEZ, de conformidad con lo previsto en el articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: CON LUGAR PARCIALMENTE la medida provisional a favor del ciudadano JESUS MONTILLA APONTE, en cuanto queda totalmente prohibido a los medios de comunicación RUMBERA Y J98 con sede en el estado Falcón y en cualquier otro Estado del País divulgar y transmitir comunicaciones sobre la reputación, el honor y la vida privada , hasta tanto no se haya resuelto la decisión del fondo de la querella interpuesta ante este Tribunal, por el ciudadano JESUS MONTILLA APONTA en contra del ciudadano RODOLFO BARREZ SANCHEZ, por la presunta comisión del delito de DIFAMCION AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo.....