este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano JUAN CARLOS CHIRINOS CALLEJAS, titular de la cédula de identidad Nº 11.450.059, venezolano, de 43 años de edad, nacido en fecha 26-03-1972, de profesión comerciante y natural de Cabimas estado Zulia por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en articulo 458 del Código Penal vigente en perjuicio de ALEXIS EMILIO PINEDA, RAMONA ANTONIA GOMEZ Y ROMER VICENTE REYES, a cumplir la pena de SEIS (6) años y OCHO (8) MESES PRISIÓN; ello en aplicación del procedimiento por admisión de los hechos previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal y 74.4 del Código Penal, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 eiusdem. SEGUNDO: Se mantiene la m.....