Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN CORO, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR CESE DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, interpuesta por el abogado JAIME YOYAI GOMEZ ARIAS portador de la cédula de identidad personal número V. 19.449.968, de 20 años de edad, venezolano, soltero, de oficio obrero, nacido el 22-11-1990 residenciado en la urbanización Cruz Verde, calle 15, sector 08 vereda 27 casa numero14, en Coro, estado Falcón, teléfono 0268-2513056, a quien se le ordeno la apertura a juicio oral y público por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, de conformidad con lo previsto en los artículos 458 y 277 del Código Penal y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 264 de la LOPNA en perjuicio de MARTHA CECILIA BUITRIAGO DE BEDOYA, .....