Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primero Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de sobreseimiento interpuesta por la Fiscal Primera para el Régimen Porcesal Transitorio del Ministerio Público del Estado Falcón, por extinción de la acción penal, a favor de la ciudadana la ciudadana ROXANA OFELIA PINTO QUIJADA, de nacionalidad venezolana, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad N° 12.172.088, natural y residenciada en Caracas sector Agua Salud La Cañada 23 de Enero primera escalera, casa N° 77, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 108 del Código Penal venezolano; todo con fundamento a lo consagrado en el artículo 322 del texto adjetivo penal......