En virtud de los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley AUTORIZA el traslado del ciudadano CAMPOS RIVERO KENDRI JESUS, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.412.914, desde el Internado judicial de Barcelona a la Comunidad Penitenciaria de la Ciudad de Santa Ana de Coro, Estado Falcón, en atención a los establecido en el artículo 26 de nuestra carta magna.
LA JUEZA TERCERA DE JUICIO
ABG. KARINA ZAVALA ESPINOZA.
LA SECRETARIA
ABG. JENY BARBERA