Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano HENRY DANIEL SANCHEZ LOPEZ titular de la cédula de identidad Nº 20.569.295, venezolana, de 21 años de edad, nacido en fecha 9/4/1991, y natural de esta Ciudad, residenciado urbanización Francisco de Miranda, calle 2, casa Nº 16, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en articulo 458 Y 277 del Código Penal vigente en perjuicio de DANIELO MARQUEZ Y EVELIN DE MARQUEZ, a cumplir la pena de SIETE (7) AÑOS Y SIETE (7) MESES DE PRISIÓN; ello en aplicación del procedimiento por admisión de los hechos previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal y 74.1 del Có.....