este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a sus atribuciones y competencias previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadano YOHANGEL JOSE NAVARRO JIMENEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-25.127.647, sentenciado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el articulo 456 del Código Penal vigente, actualmente sometido al beneficio de régimen abierto, ello conforme a lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal, 44, numeral 5, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 479 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal.