este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: El cumplimiento Total de la Pena en el ASUNTO PRINCIPAL: IG01-P-2001-004, impuesta contra el penado JOSE GREGORIO GARCIA COLINA, titular de la cédula de identidad N° 07.494.062 y consecuencialmente LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: En estricto apego al criterio de obligatorio cumplimiento por parte de los jueces de ejecución que sustenta la Sala Constitucional del Tribunal desaplica por control difuso de la constitucionalidad los artículos 13.3 y 22 del Código Penal Supremo de Justicia, en sentencia Nº 1432 de fecha 03 de Noviemb.....