este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la conmutación del resto de pena que falta por cumplir al ciudadano OSWALDO ANTONIO CABRILES BURGOS, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V.-17.924.891, es decir, UN (01) AÑO ONCE (11) MESES UN (01) DIA, mas la tercera parte de ese total, es decir, SIETE (07) MESES VEINTE (20) DIAS OCHO (08) HORAS para un total de DOS (02) AÑOS SEIS (06) MESES VEINTIUN (21) DIAS OCHO (08) HORAS en pena de confinamiento, la cual deberá cumplir en la siguiente dirección: Urbanización Jardines del Saman, calle La Orquídea, casa N° 108, parroquia Guacara estado Carabobo. Líbrese boleta de libertad por confinamiento a favor del penado de marras quien deberá comparecer por ante esta sede judicial e.....