este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA a la penada MILANGELA BEATRIZ PARRA FERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 17.567.596, el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 493, 494 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para la época. A tal efecto se fija audiencia para imponer a la penada del otorgamiento de dicho beneficio en este Circuito Judicial Penal. Se ordena el levantamiento del Acta de imposición a los fines de que se comprometa con el cumplimiento de las obligaciones impuestas en la presente decisión.