ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES DE CORO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: CON LUGAR la solicitud Fiscal, y Decreta al Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA,, por el delito de: HOMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano EDGAR ALFREDO BRICEÑO ZAMUDIO ( Occiso), medidas cautelares conforme al artículo 582, literales b y c y f de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Consistente en la presentación periódica cada 8 días por ante este Tribunal, así mismo quedara bajo el cuidado de su representante legal, y la prohibición de acercarse a las victimas. Prosígase el procedimiento ordinario. Se declara sin lugar la solicitud realizada por la defensa. Se acuerda fijar Acto de Reconocimiento en Rueda de individuos para el día 12 de Diciembre de 2013 a las 10:00 de la mañana. Líbr.....