este Tribunal Segundo, de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con competencia en materia Penal Adolescente, ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: DETENCIÓN PREVENTIVA, a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA e IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, Resistencia a la Autoridad, y Aprovechamiento de Vehiculo Proveniente del Robo; y al adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, por los delitos de Robo Agravado, Resistencia a la Autorida.....