ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES DE CORO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA : PRIMERO: CON LUGAR la solicitud Fiscal, en relación al adolescente Identidad Omitida, y en consecuencia se le decreta LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, por estar presuntamente incurso en el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en el Articulo 112 de la Ley para el Desarme y Control de armas y Municiones. SEGUNDO: Se decreta el procedimiento ordinario. Líbrese Boleta de Libertad. Se acuerdan las copias simples de la presente causa. Líbrese oficio a la Lic. Zully Fernández a los fines de que haga la visita al adolescente imputado. Remítanse las presentes actuaciones para la fiscalía 11° del Ministerio Público a los fines de que continúe con la investigación. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Termino siendo las 11:30 de la mañana, y con.....