Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Entrega del Vehículo, cuyas características son las siguientes: MARCA: JEEP; MODELO: GRAND CHEROKEE; AÑO: 1998, COLOR: GRIS; CLASE: CAMIONETA, TIPO: SPORT-WAGON, SERIAL CARROCERIA: Y4GZ58YFW1719895, SERIAL DEL MOTOR: 8 CILIN.; USO: PARTICULAR; PLACAS: GAI-68W, al ciudadano JOSÉ GREGORIO BRAVO ACOSTA, por estar debidamente demostrado en esta fase que el mismo es el propietario del mismo y tiene la obligación de: Presentarlo cada vez que sea requerido ante la Fiscalía Décima Quinta. No podrá ejercer negociaciones legales, tales como: venta, traspaso, etc., con el referido vehículo, en virtud de que LOS SERIALES NO SE ENCUENTRAN EN SU ESTADO ORIGINAL. Debiendo portar copia de la decisión a los fines de ser presentada cuando le sea requerida la d.....