En consecuencia este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo en funciones de guardia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, analizadas como en efecto han sido las actas policiales que acompañan la presente solicitud, acuerda Decretar la Libertad, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor del ciudadano: Rodríguez Alfonso Alexis Rafael, venezolano, mayor de edad, quien dice tener cédula de identidad N°V 2.634.534, residenciado en la esquina Tajamar sector La Pastora Caracas Distrito Capital Remítase el presente asunto a la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Publico. Se decreta el procedimiento Ordinario. Líbrese la correspondiente Boleta de a la ofician del alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal a favor del mencionado ciudadano y remítase mediante oficio. Cúmplase.