DISPOSITIVA
Con fundamento en la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: a tenor de lo pautado en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 108 ordinal 4° del Código Penal, Decreta la extinción penal y por ende el Sobreseimiento de la presente causa, en la cual se señala como víctima Ivan Dario Márquez Arbelaez , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.676.313, residenciado en la Urbanización, La Soleda, edificio Castillo Real, piso 01, apartamento 01, Maracay Estado Aragua, en contra de imputado por identificar, por el delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 455.4 del Código Penal venezolano.