DISPOSITIVA
En consecuencia Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se suspende condicionalmente el proceso alo ciudadano ALVARO WILLIAN LOPEZ QUINTERO , de nacionalidad venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.072.886, nacido en fecha 18-10-1975, de 38 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio camarógrafo, Hijo Álvaro López y Betty Quintero, residenciado: Entrando por el Páramo, sector Los Llanitos de Taballe, residencia restaurant Asociación el Carmen, Avenida Principal, Mérida, teléfono 0273-8712813, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, con un régimen de prueba de UN (01) AÑO, y se le imponen las siguientes condiciones: Primer.....