Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: Primero: Impone Medida Cautelar sustitutiva de libertad prevista en el articulo 256 numeral 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del EVELIO DE JESUS DELGADO ANDRADE, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.179.995, nacido en fecha 28-09-1954, de 59 años de edad, de estado civil CASADO, de profesión u oficio: Técnico en Instrumentación industrial, hijo de Gabino Delgado e Hilda Andrade de delgado, residenciado Avenida 17 Casa Nº 17-278, comunidad Cardon depuse de la Escuela Inés Fuget de Peña, como a 80 metros,, Punto Fijo Estado Falcón, teléfono 0426-561.48.17, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 277 de.....