DECISIÓN
En atención a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: de Conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA el ARCHIVO de las actuaciones. Segundo: como consecuencia de lo anterior, se DECRETA el Cese Inmediato de toda medida de coerción personal, cautelar y de aseguramiento impuesta, así como la condición de imputado, al ciudadano GUSTAVO LEONEL JIMENEZ ROMERO, de nacionalidad venezolana, natural de esta ciudad de Punto Fijo, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.583.471, Soltero, Obrero, hijo de Maria de Jiménez y Leonel Jiménez, residenciado en barrio El Milagro, calle Nº 2, diagonal a los monederos, Punto Fijo, Estado Falcón, solicitando se Decrete Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación .....