Por todo lo antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, extensión Punto Fijo, del Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: De conformidad al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se le revisa la Medida impuesta en fecha 10 de octubre de 2010 por ante el tribunal tercero de control de esta circunscripción judicial del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, al acusado WILLIAM JOSE BORREGALES RIERA, consistente en la Privación Judicial Privativa, en consecuencia se declara SIN LUGAR la solicitud hecha por la Defensa Publica, manteniendo la medida. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Ofíciese al ciudadano Director de la Comunidad Penitenciaria de la ciudad de Coro a los fines de que el acusado sea trasladado a la sede de la Medicatura Forense para que le sean practicados los exámenes médicos pertinentes y sean los mismos .....