ASÍ SE DECIDE.
Por todo lo antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, extensión Punto Fijo, del Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE.
ÙNICO: De conformidad al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, revisa la Medida impuesta en fecha 13 de febrero de 2010, al acusado DANIEL NOE SAEZ BERMUDEZ, consistente en la Privación Judicial Privativa Judicial de Libertad y se declara SIN LUGAR, solicitud hecha por la Delegada Encargada de la Unidad de Defensa Pública de este Circuito Judicial. ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, registrase y notificase a las partes la presente decisión.