DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se DECLARAN CULPABLES y por consiguiente se CONDENA a los ciudadanos WLADIMIR JESUS TORRES TORRENS Y JUAN DAVID DIAZ, venezolano, mayor de edad, natural de la Guaira, Titular de la Cedula de Identidad No. 11.642.269, nacido en fecha 11-06-72, soltero, de profesión u oficio: ayudante de albañil, domiciliado en la Urbanización El Oasis, calle 11, casa No. 299, Municipio Los Taques, estado Falcón, hijo de Leonidas Josefina Torrens y Hernán Jesús Torres rojas, el primero de los mencionados, y el segundo quien es venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad No. 19.442.649, nacido en fecha 27-04-1987, soltero, de profesión u oficio: obrero, residenciado en jadacaquiv.....