UNICO: Se acuerda aperturar cuaderno separado a los fines de tramitar la presente inhibición ante la Corte de Apelaciones, así como emitir las copias certificadas necesarias para su tramitación, en consecuencia, según lo preceptuado en el articulo 48 de la Ley del Poder Judicial se acuerda librar oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a los fines de que sea distribuida la presente causa a los Tribunales de Juicio de este Circuito, remitiendo adjunto la presente causa ello de conformidad con el artículo 97 del Código Orgánico Procesal Penal.
ABG. CARMEN ANA LOPEZ M SECRETARIA
JUEZA SEGUNDA DE JUICIO ABG. DAMARIS HERNANDEZ