DISPOSITIVA
Por todo lo antes motivado y debidamente anteriormente razonado este Tribunal Segundo de Juicio, actuando en éste acto como Tribunal Mixto en el Circuito Judicial Penal del estado Falcón en su extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARAN POR UNANIMIDAD que encuentran;
.- Al acusado CARLOS EDUARDO NARANJO, VENZOLANO mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº 14.801.211, natural de Punto Fijo estado Falcón, cuya última dirección conocida es en LA Calle la Marina, casa Nº 1221 por la Bajada de las Piedras de la ciudad de Punto Fijo, CULPABLE de la comisión del delito de Robo Agravado previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Derogado, por lo que se le Condena a titulo Coautor a la pena de 8 años de presidio en el establecimiento penal que a bien tenga designar el Juez de ejecución respectivo.
.- Así mismo se condena al acusado a cumplir las penas accesorias establecid.....