En virtud de lo antes expuesto y los preceptos legales citados, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NIEGA la solicitud de Nulidad de actuaciones de la causa, presentada mediante escrito de fecha 07/05/2026, por la apoderada judicial del demandado, MARIA INES HERRERA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 49.688, actuando con el carácter de acreditado en autos.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JOSE LUIS CHIRINO
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. CIELO ESMERALDA VALERA AGÜERO
NOTA: Se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste Coro, fecha ut supra.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. CIELO ESMERALDA VALERA AGÜERO
Exp:16.207-2026
Abg.JLCH/cielo