Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO presentada por los ciudadanos: MIGDALIA JOSEFINA RIERA DE RODRIGUEZ y WILLIAN JESUS RODRIGUEZ GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-14.654.476 y V-16.349.418, respectivamente, domiciliados en el Sector Cruz Verde, Callejón Sur, Casa 54, en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el Registro Civil de la Parroquia Mitare, Municipio Miranda del Estado Falcón, en fecha 15/09/2001, según consta en Acta N° 02. SEGUNDO: Liquídese la comunidad conyugal. TERCER.....