Por las razones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE, el Recurso de Revocatoria por Contrario Imperio interpuesto en fecha 08 de julio de 2026 por el ciudadano Abogado NUMA JOSÉ MIRANDA HIDALGO en su carácter de apoderado de la parte codemandada ALAISNNY EVELYN ENRIQUE DIAZ. SEGUNDO: Se REVOCA POR CONTRARIO IMPERIO en todas sus partes el auto de mera sustanciación dictado por este Tribunal en fecha seis (06) de julio de 2026. TERCERO: Se ORDENA librar las correspondientes boletas de citación a los ciudadanos MARBELIS ZULAY COLINA SANCHEZ y JESUS GREGORIO ATACHO DE LEON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V- 9.528.238 y V- 9.502.924, a los fines de que comparezcan ante este Tribunal a evacuar la prueba t.....