Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio, de conformidad con el artículo 185, sentencia Nº 1070 de fecha 09/12/2016 y sentencia N° 136 de fecha: 30-03-2017, presentada por los ciudadanos: MARIA GIUSEPPINA AQUILINO PIRELA y JOSE RAFAEL LUQUE MEDINA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 7.572.204 y V-9.500.779, respectivamente, domiciliada la primera en la ciudad de Punto Fijo, Sector Tropicana, Calle Para.....