este Tribunal Segundo, de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con competencia en materia Penal Adolescente, ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: Primero: la Libertad del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, y le Impone; la Medida Cautelar, contemplada en el artículo 582, literal c), de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual consiste en presentación periódica por ante este Tribunal cada quince (15) días contados a partir del 1 de febrero del año que discurre, debiéndose registrar por ante la oficina de alguacilazgo; por la presunta comisión del delito de Posesión, contenida en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el trafico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas SEGUNDO: se autoriza a la Fiscal del Minister.....